En un evento sin precedentes, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) se ha manifestado a favor de que la población que vive en sociedades de convivencia, ya sean parejas homosexuales o heterosexuales, y concubinato tienen el mismo derecho a adoptar que los matrimonios legales.

Muy a pesar de que Eduardo Medina Mora, ministro, declarara que la sociedad en convivencia no puede equipararse al matrimonio o concubinato, puesto que "difieren respecto de cuestiones esenciales y no pretenden generar el mismo tipo de vínculo entre los contrayentes", la mayoría del pleno estuvo de acuerdo en que ambos deben gozar de los mismos derechos constitucionales, entre ellos, la adopción de menores.

De otra forma, como lo explica el ministro presidente, Luis María Aguilar, en el caso de la legislación de Campeche, que prohíbe que las sociedades de convivencia adopten, se presenta un hecho de discriminación hacia la población gay.

No obstante, Medina Mora insiste en que "este tipo de unión no tiene estímulos o condiciones de estabilidad y duración necesariamente de largo plazo, puesto que la sociedad en convivencia se da por terminada en caso de que alguno de los convivientes decida contraer matrimonio".

Ante las afirmaciones del ex procurador general de la República, Luis María Aguilar respondió:

Sin embargo, la discusión formal se llevará a cabo el próximo martes en la sede de la SCJN, donde los ministros analizarán si también invaliden la parte normativa del citado artículo que prohíbe que los conviventes puedan asumir la guarda o custodia de menores. 

Con información de La Jornada y El Economista.