En la tierra de los libres, como dice el himno estadounidense, también existe la objeción de conciencia y está tipificada. En las prácticas del país de las demandas hay contratos donde los médicos informan a los pacientes sobre sus prácticas, sobre lo que hacen y lo que no hacen y esto es firmado por el doctor y el paciente.
En la historia reciente, George W. Bush aprobó una ley que protege a los médicos en su decisión de atender o no a los pacientes. Barack Obama retiró esta ley y el presidente Trump la volvió a aprobar y ahora reforzada. La regla aprobada por Trump protege a los trabajadores del sector salud que se oponen a hacer procedimientos como abortos, esterilización, suicidio asistido y otros procedimientos médicos que estén en contra de sus creencias religiosas o morales.
Es algo que se practica en otros países, solo se está poniendo por escrito el derecho de los trabajadores de la salud para atender a los pacientes con los que se sientan cómodos.
Existe el miedo a que los profesionales de la salud nieguen el trato a personas de las comunidades LGBTI, indígenas o migrantes amparándose en esta ley. Mal llevada esta ley puede llevar a ser discriminatoria pues los médicos y enfermeras pueden escudarse en lo que creen para no atender a ciertos grupos de personas sin que pueda haber una represalia.
El CONAPRED por medio de un comunicado hace un exhorto a las autoridades e instituciones públicas a que tengan presente la obligación constitucional de promover, proteger y garantizar los derechos humanos de todas las personas. Recuerda al Congreso de Nuevo León que deben de estar acordes al principio de igualdad y no discriminación del artículo 1º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
En entrevista con el periódico El Heraldo de México, el presidente del Congreso de Nuevo León, Juan Carlos Ruiz, explicó que lo que se aprobó es la abstención de un médico a realizar prácticas poco éticas respecto a su formación. Comenta Ruiz que es falso que el Congreso Neoleonés haya aprobado negar la atención a pacientes por su orientación sexual.
El gran problema acá es que, históricamente, una ley como la que se aprobó da pie a este tipo de actitudes por parte de ciertos profesionales de la salud.
El artículo 1º de la Constitución habla sobre la no discriminación. El artículo 24 de la Carta Magna dice que “toda persona tiene derecho a la libertad de convicciones éticas, de conciencia y de religión”. ¡Complicado dilema ético!
El gobierno del estado de Nuevo León, el que tiene el porcentaje de popularidad más bajo de todos los gobiernos, al menos eso se lee en varias encuestas, vio la oportunidad de elevar sus números al vetar los cambios a la ley. Este veto lo hacen argumentando la posible discriminación que podría causar este cambio a la ley.
¿Los hará más populares? La verdad lo veo difícil, pero cuando estas como esta el gobierno del Estado de Nuevo León, todo lo que se pueda hacer para cambiar la actitud de la comunidad neolonesa es válido.
Entiendo que alguna parte de la comunidad médica no quiera realizar ciertos procedimientos porque atentan contra su formación moral. Realizar operaciones que lleven al aborto o algún procedimiento médico que vaya en contra de sus principios me parece justo. Conozco médicos que eligen que tipo de intervenciones quirúrgicas hacen. Ginecólogos oncólogos que solo hacen operaciones de cáncer y no partos pues eso es lo que les interesa y en lo que se especializaron. Eso sí me parece correcto.
Lo que no es correcto es negarle la atención médica a alguien que la necesita basado en sus preferencias sexuales, clase social o grupo étnico. En mi familia hay médicos y no conozco a ninguno que se haya negado a atender a un paciente por tener una inclinación sexual diferente o por ser de un grupo étnico al que no pertenecen.
La ley me parece correcta en los casos donde se les esté obligando a los médicos a practicar procedimientos que van en contra de sus principios éticos. En los casos donde se tienda a discriminación debería de ser revisada.
Es diferente que la ley diga que el médico puede abstenerse a realizar prácticas poco éticas con respecto a su formación a que no se atienda a una persona independientemente de su preferencia sexual, grupo étnico o situación económica. Esa diferencia es la que debería de ser exaltada. Esperemos que el Congreso de Nuevo León clarifique esto para que los grupos que se sienten agredidos sepan que lo establecido va contra las prácticas médicas y no sobre las personas.
El 15 de octubre, el Congreso de Nuevo León aprobó el proyecto de ley que permitiría a médicos y enfermeras recurrir a la objeción de conciencia para no participar en prácticas que vayan en contra de sus creencias.
Según la RAE, la objeción de conciencia es la negativa a acatar órdenes o leyes o a realizar actos o servicios invocando motivos éticos o religiosos.
La objeción de conciencia tiene que ver con lo que piensan las personas que practican cierta disciplina y que por sus principios éticos o morales deciden no hacer tal o cual cosa. La objeción de conciencia podría verse como una especie de libertad de pensamiento.