“La pandemia no se cura sólo en los hospitales, se cura en la familia , se cura con medidas preventivas, se cura con el cuidado que tengamos todos; afortunadamente y esto es muy importante nosotros tenemos una ventaja con relación a otros países, tenemos una familia fraterna, los mexicanos contamos con ese gran activo y eso permite que cuidemos sobre todo a nuestros adultos mayores, que es la población más vulnerable; y ya se está haciendo, ya se está cuidando a los adultos mayores… esto no está en las recomendaciones de la OMS, esto es un activo muy de México, que nuestras familias sean fraternas, repito, nuestra familia es la institución más importante del país…”.

Andrés Manuel López Obrador

Hoy 30 de marzo México declara emergencia sanitaria nacional por coronavirus y con esto también amplía la suspensión de todas las actividades no esenciales; hasta el 30 de abril del año en curso. Las autoridades de salud sesionan permanentemente y ordenan como mejor medida precautoria quedarse en casa; ante lo declarado por la tarde surgen iniciativas ciudadanas para ayudar a otros en esta cuarentena… ¿Cuáles conoces?

Las clases vulnerables, económicamente hablando, son quienes más padecerán, algunos en redes sociales han ofrecido sus servicios a domicilio como una forma de poder recaudar unos pesos que hacen falta en casa, los hay desde quienes por un porcentaje “te hacen el mandado” das una lista de lo que necesitas e incluso donde deseas te los compren y por una cantidad módica (100 pesos algunos) los llevarán a tu domicilio… ¿Es segura esta táctica para contrarrestar el posible contagio?

Algunos más ofrecen servicios de alimentos preparados, limpieza de zapatos o jardines, lavandería… ¿Qué tan seguro es? Al final alguien de la familia debe tener contacto con el exterior de una o muchas formas…

Tomando en consideración que este tipo de servicios sólo lo podrán pagar un reducido porcentaje de mexicanos, ¿qué se tendría que implementar desde gobierno federal para lograr una equitativa forma de consumo y el menos posible riesgo de la población vulnerable? ¿Hasta dónde la paranoia y la psicosis afectarán más a los enclaustrados que a quienes hacen su vida lo “más normal posible”?

El mensaje que hace algunas horas transmite el Titular del Poder Ejecutivo de nuestro país, tiene la finalidad de mantener la confianza y hacer saber que TODO está bajo control, les decíamos, el Consejo General de Salubridad sigue en “sesión permanente”, para así poder dar cada noche a las 7 PM las estadísticas, y avances realizados a lo largo del día, de ahí la importancia sobre poner atención cada tarde y evitar los sesgos que algunos medios maliciosamente suelen dar…

Por otro lado; para mitigar dudas y miedos respecto a los despidos masivos de los que pueden ser objeto los trabajadores al paso de la pandemia, sería también interesante ver a los especialistas en la materia laboral y saber cuáles son los posibles escenarios o medidas que están elaborando, una parte de la angustia es pensar que puedes quedarte sin empleo al término de los días que han designado para la permanencia en casa…

¿Hay la posibilidad de suspender los contratos de trabajo por fuerza mayor o caso fortuito, ante la emergencia provocada por el coronavirus (covid-19)?

¿Un hecho de fuerza mayor o caso fortuito que corresponde a un suceso que escapa a las previsiones normales puede ser causal de despido?

¿Si hubiera disposiciones administrativas de cierre o suspensión de actividades, clausura de labores en empresas que no son de servicios públicos a dónde tendría que acudir el trabajador?

¿La responsabilidad social empresarial hasta dónde puede llegar en un hecho aislado como el que estamos viviendo?

¿La libertad de empresa y su autodeterminación, se ve limitada por la responsabilidad social empresarial, y atañe al empleador las obligaciones que esta situación implica, como es el pago de aportes al sistema de seguridad social integral y sus obligaciones frente a la ocurrencia de contingencias de salud?

¿Ante la ocurrencia de eventos de fuerza mayor o caso fortuito como causales de suspensión del contrato de trabajo, quién debe atender y a qué autoridad administrativa corresponderá o se creará un organismo adyacente por tratarse de un caso aislado?

¿El empleador tiene la obligación constitucional y legal de pagar aportes al sistema de seguridad social en salud y pensiones durante el tiempo que esta pandemia dure?

¿Se han emitido autorizaciones de despido colectivo de trabajadores o de suspensión de contratos laborales?

¿Qué sucederá con un empleado en caso de un posible contagio y muerte si continúa trabajando a petición del empleador?

No se trata de causar alarma, pero creemos que sería importante para los millones de trabajadores saber que se está haciendo desde el Poder Ejecutivo al respecto y que planes se vislumbran, todo esto con el afán de mantener la calma, la tranquilidad de la familia y la confianza dentro de un hacinamiento forzoso.