En estos días dentro de la comunidad jurídica del país se ha generado un hecho que si bien no es inédito (cosa de recordar que los privilegios expresidenciales nunca se publicaron en el Diario Oficial de la Federación, pero se cumplieron por más de 36 años sin que nadie dijera nada), sí en el nuevo régimen llama a sorpresa. A coro casi todos los colegas han repetido lo que todos sabemos (quienes estudiamos derecho) en los primeros años de la carrera: los requisitos básicos de una resolución jurídica de los titulares de los poderes y los organismos constitucionales en el ámbito federal, estatal y municipal (el municipio fue el primer organismo autónomo constitucional). Pero la pregunta relevante no es si es o no una disposición afectada de inconstitucionalidad, la que hoy es objeto de debate.

La pregunta que debe hacerse es la siguiente: ¿Una resolución de uno de los poderes es inconstitucional al momento de redactarla y hacerla de conocimiento público y, por tal razón, carecería de vida jurídica? La respuesta es en sentido negativo, en virtud de dos razones: a) No existe ninguna disposición constitucional que establezca que una resolución afectada de inconstitucionalidad debe ser privada de la vida jurídica al segundo o minuto posterior a que fue emitida; b) Se requiere necesariamente que quien tenga interés jurídico haga valer esa inconstitucionalidad ante el Poder Judicial de la Federación y que sea el órgano competente el que declare la inconstitucionalidad respectiva.

¿Qué sucede si nadie interpone esa demanda de amparo o juicio de nulidad ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa? La instrucción escrita del presidente seguirá teniendo validez y eficacia jurídica hasta que un juzgador competente no disponga lo contrario. ¿La postura casi unívoca de la comunidad jurídica tiene relevancia para activar el proceso para dejar sin efectos a la resolución de AMLO? No, por supuesto. Son opiniones, muchas de ellas valiosas y otras no tanto, pero carecen de un efecto jurídico. En todo caso, podrían adquirir la forma de amicus curiae de un demandante con interés que active el proceso legal para retirarle validez o vida jurídica y, por supuesto, eficacia a la resolución del Presidente. Si alguien con interés interpone los recursos legales para declarar inconstitucional y la autoridad judicial competente declara que queda sin efectos la resolución de referencia por no cumplir los requisitos que establece la Constitución para crear normas jurídicas, así sean sólo acuerdos o “memorándum”. ¿Algo más? No, nada, sólo eso.

¿Alguien cree que todos los expresidentes actuaron como actuaron porque eran fieles creyentes del Estado de derecho, hombres probos y de una ética pública irreprochable? No. En mejores tiempos del PRI, se tenían mayorías absolutas en el Congreso y en los congresos locales de casi todo el país, razón por la cual se sujetaban al guion establecido en la Constitución sin alterar ninguna letra. Con los gobiernos del PAN, las habilidades y la ausencia de mayorías mínimas para reformar leyes y mucho menos dar cuerpo al llamado Poder Reformador de la Constitución o Constituyente Permanente (que son los únicos que pueden reformar la Constitución) generaron gobiernos acotados.

Con López Obrador se tienen mayorías en las dos cámaras del H. Congreso de la Unión y una eficaz unidad de inteligencia financiera en la Secretaría de Hacienda, con el reconocido jurista Santiago Nieto a la cabeza, así como a la brillante jurista Mariluz Mijangos Borja como la primera Fiscal Anticorrupción en la historia del país.

Queda claro que el presidente López Obrador no está compitiendo al premio de ética jurídica; en lo absoluto, lo que busca con esta resolución es resolver, en la medida de lo que es posible, un problema que considera de alto interés público. Y para ello usa los instrumentos legales que tiene su alcance de forma heterodoxa, pero seguramente efectiva para alcanzar su propósito en en la medida que las circunstancias se lo permitan. Y cabe decir que las instituciones y sus contrapesos son las mismas, en esencia, que provienen del pasado.

@evillanuevamx

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