México.- La organización Justicia Pro Persona A.C. refirió que de no incluirse el feminicidio en la iniciativa de reforma al segundo párrafo del Artículo 19 de la Constitución, para considerarlo un delito que procede con prisión preventiva oficiosa, representaría para las mujeres una violación al derecho humano de la igualdad y a una vida libre de violencia.

De acuerdo con la asociación, desde una perspectiva de derechos humanos, la inclusión del feminicidio en el listado constitucional “cuenta con mayor legitimidad, razonabilidad y es acorde con la doctrina de protección de los derechos humanos de las mujeres”.

El análisis y debate específico se concentra en la ampliación del catálogo de delitos con prisión preventiva oficiosa, es decir, se debe demostrar con evidencia que el encarcelamiento del victimario es necesario para garantizar su comparecencia en el juicio, el desarrollo de la investigación y la protección de la víctima, de los testigos o de la comunidad.

Y es que, según la organización también perteneciente al Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio, la experiencia de quienes acompañan a familiares de las víctimas de feminicidio, “constantemente nos enfrentamos antes las deficiencias del Ministerio Público que justifican la necesidad y procedencia de esta medida cautelar [...] Y otros se ven impedidos a otorgarla”.

En una petición, Justicia Pro aseguró que existen personas que “a pesar de haber sufrido la pérdida de una mujer cercana, son amenazadas y algunas de ellas también asesinas por los mismos agresores o sus redes de apoyo, quienes son protegidos por el Sistema de Justicia Penal”.

Sentenciaron que en la actualidad no están dadas las condiciones que aseguren a las víctimas, testigos y comunidad, sus derechos humanos lo que ha permitido que los feminicidas se sustraigan de la justicia, poniendo en riesgo la vida de otras mujeres.

Esta carta será enviada a la Cámara de Diputados, luego de que el diciembre pasado el Senado aprobara la reforma al artículo 19 constitucional con la que se dispuso ordenar prisión preventiva oficiosa a los delitos de delincuencia organizada, homicidio doloso, violación, secuestro, trata de personas, delitos cometidos con medios violentos, delitos graves en contra de la seguridad de la nación, el libre desarrollo de la personalidad y de la salud.