México.- La eliminación de la figura del arraigo avanzó en la Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados.

Dicha comisión aprobó de forma unánime eliminar el párrafo octavo del artículo 16 constitucional donde se indica que “la autoridad judicial (…) tratándose de delitos de delincuencia organizada, podrá decretar el arraigo a una persona”.

El arraigo domiciliario es una medida cautelar que otorga un juez frente a un sospechoso que queda a disposición mientras se reúnen pruebas suficientes para certificar su probable responsabilidad en un delito.

De acuerdo con la Constitución, el arraigo no puede exceder los cuarenta días ”siempre que sea necesario para el éxito de la investigación, la protección de personas o bienes jurídicos, o cuando existe riesgo fundado de que el inculpado se sustraiga a la acción de la justicia”.

El dictamen sería discutido en la sesión del jueves tras una petición del Representante en México del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, Jan Jarab.