México.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que las instituciones de salud pública no pueden negarse a realizar un aborto a mujeres víctimas de violación que así lo requieran.

La decisión, tomada de forma unánime por magistrados de la Segunda Sala, resolvió que negar el servicio de interrupción del embarazo producto de una violación es una falta grave a los derechos reproductivos.

Esto después del amparo interpuesto por familiares de Marimar, mujer que fue violada a los 17 años y terminó embarazada de su agresor, y quien al solicitar un aborto en el Hospital General de Morelos recibió una negativa.

La Ley General de Víctimas establece que el aborto y la anticoncepción en casos de violación están permitidos en todo México, por lo que presentaron el amparo.