México. BCS Coherente interpuso tres medios de impugnación para invalidar el acuerdo que distribuye la prerrogativa destinada a los partidos políticos locales en Baja California Sur, mismos que serán resueltos por el Tribunal Estatal Electoral (TEE) en los próximos días.Joel Josué Navarro Merino, representante de BCS Coherente, señala que el acuerdo que quieren invalidar  no brinda la prerrogativa que por ley se debe adjudicar a su partido político.

En el acuerdo mencionado se indica que BCS Coherente, por no contar con representación en el Congreso Estatal, no debe de considerarse en la repartición de prerrogativas debido a lo dispuesto en el Artículo 51, Numeral 2, Inciso a) de la Ley General de Partidos Políticos (LGPP).

“Sin embargo, esa disposición se encuentra en la Ley General de Partidos Políticos  desde el año 2014 y no fue aplicada por el Consejo General del Instituto Estatal Electoral (IEE) de Baja California Sur en los años 2015, 2016, 2017 y 2018, ya que durante esos años se dividió la prerrogativa como lo indica el Artículo 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y no según lo dispuesto en la Ley General de Partidos Políticos”

Joel Navarro asegura que en los últimos años el IEE repartió  14 millones de pesos de forma inadecuada en las prerrogativas, otorgando recurso a partidos que no contaban con representación en el Congreso de Baja California Sur.

“Ante esta circunstancia, el Tribunal Estatal Electoral se enfrenta a una decisión trascendental, ya que si ordena al Instituto Electoral modificar el acuerdo para incluir a BCS Coherente en la repartición de prerrogativa, dejará claro que en los años pasados el Consejo General actuó de forma correcta, al repartir prerrogativa a partidos sin representación en el Congreso Estatal, pero, si afirma que el acuerdo es correcto, será evidente que el Consejo General Electoral de BCS encabezado por la Lic. Rebeca Barrera Amador y del cual la Magistrada Presidente del Tribunal Electoral Dulcinea Apodaca Ruiz fue parte, actuó de forma incorrecta en los presupuestos 2015,2016, 2017 y 2018”

Navarro Merino precisa que esto es  fundamento suficiente para iniciar el procedimiento de sanción ante el Consejo General del INE y quien resulte responsable, según lo dispuesto en el reglamento del IEE para la designación y remoción de los consejeros presidentes y consejeros electorales de los organismos públicos locales electorales.