Mulegé, BCS.- 87 trabajadores de Servicios y Desarrollo Meseta Central SA de CV (Mina El Boleo)  fueron dados de baja en abril del 2016 por haber protestado al demandar la titularidad del contrato colectivo de trabajo, por lo que demandaron a la empresa por despido injustificado.

Radiokashana publicó un boletín enviado por los trabajadores despedidos, acompañado de un audio donde se escucha a Joaquín Díaz Monjaráz, abogado de la empresa, diciendo a los demandantes que , "los que tengan la demanda puesta están boletinados en todas las empresas, y máxime ahí con Boleo, pero por ejemplo le estamos diciendo a la gente que el que se arregle, porque se arregle en buena onda... en buena lid, se le paga su dinero, y cuando haya contrataciones queda libre de contratar con cualquier empresa de ahí de Boleo, o de otra...".

La acción por parte del abogado de la empresa que viola la Ley Federal del Trabajo mexicana, que a la letra dice -Queda prohibido a los patrones o a sus representantes emplear el sistema de "poner en el índice" a los trabajadores que se separen o sean separados del trabajo para que no se les vuelva a dar ocupación-.

“En la empresa Servicios y Desarrollo Meseta Central SA de CV (Mina El Boleo) de capital coreano, se amenaza a los mineros con ponerlos en “Listas negras” a los que no cobren su indemnización, para que no sigan en su lucha por la libertad sindical”

“Los trabajadores despedidos ilegalmente por la empresa, debido a que exigieron su derecho de libertad sindical, al demandar la titularidad del contrato colectivo de trabajo (CCT), en el expediente IV-122/2016 de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, desde el 25 de abril de 2016. En noviembre de 2016 fueron despedidos 87 obreros, por esa demanda de libertad sindical, para cambiar del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Exploración y Beneficio de Minas en la República Mexicana, que es un sindicato patronal de Monterrey, por el Sindicato Nacional Minero”,

“En 2012 cuando se estableció la empresa coreana en la mina El Boleo, en Santa Rosalía, Baja California Sur, llegó con un CCT ya firmado con el Sindicato Blanco de Monterrey, aún sin que hubiera un trabajador contratado. Ya habían pactado la empresa y el sindicato patronal el control de los trabajadores, razón por la cual no se lleva a cabo vida sindical ni asambleas, hasta ahora estuvo oculto el CCT a los obreros. Ni hay revisiones salariales y contractuales, es un típico Contrato Colectivo de Protección Patronal (CCPP) como los ya denunciados en la OIT, como Caso 2694 México, y en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) el 5 de diciembre de 2016 en Panamá. Ya que para el gobierno federal no existen en la LFT los CCPP, así lo ha dicho en la OIT y la CIDH”

“Al intentar los obreros cambiar de Sindicato, los despidió la empresa, sin que la Junta Federal haya dado fecha del recuento, para que la mayoría decida libre y por voto secreto a qué sindicato pertenecer”

“Pero el día de ayer, el abogado de la empresa, Joaquín Díaz Monjaráz, hablando por teléfono con un trabajador despedido le dijo que cobrara su indemnización para que no lo pusieran en “listas negras” de las empresa, porque no podría tener trabajo en ninguna empresa, en cambio con su indemnización, lo dejarían fuera de las listas negras. Las que están prohibidas por la Ley Federal del Trabajo en el artículo 133, fracción IX. De esa amenaza los trabajadores tienen una grabación de voz de lo que hace ilegal la empresa coreana y sus abogados”, dice el boletín publicado por la página Radiokashana.

El medio de comunicación sudcaliforniano informó que se comunicó telefónicamente con el abogado de la empresa minera, supuestamente, el litigante cortó la llamada repentinamente alegando no saber algo al respecto.

Con información de Radiokashana