México.- La jueza de Hidalgo, Sissi Anette Rodríguez Fernández, aseveró que cualquier ciudadano que ventile en medios de comunicación alguna situación de injusticia o posible conducta delictiva, antes de agotar las instancias legales, comete actos de justicia por mano propia que deben ser castigados por la ley.

Así lo determinó la jueza durante la audiencia del pasado 15 de enero, en la que resolvió vincular a proceso por difamación a Leonardo García Vázquez, el ciudadano que dio un par de entrevistas a medios locales y nacionales denunciando que la constructora Sylma les había entregado un fraccionamiento sin servicios.

El noticiero En Punto, de Televisa, dio a conocer el video de la audiencia dónde el Ministerio Público de Hidalgo presentó como prueba una nota del diario local El Independiente, publicada el 8 de noviembre de 2016, que titulaba: "Defrauda constructora ligada a Rico Moreno". 

En su comparecencia, Leonardo García Vázquez explicó así el concepto de fraude que compartió con el medio de comunicación:

“Por qué yo me sentí defraudado: yo vengo de la Ciudad de México, vengo a descansar en un estado tranquilo como lo vine a especular como es el estado de Hidalgo. Pero desafortunadamente a los seis meses de haber habitado la vivienda se me echaron a perder mis muebles. Al solicitar apoyo a lo que es constructora Sylma me dicen, sabes qué, tu me firmaste una carta de recibido y todo lo que le pase a tu casa ya no es mi responsabilidad”.

Ante ello, la jueza Sissi Anette Rodríguez Fernández definió la conducta de difamación, según el código penal estatal...

“Al que mediante comunicación dolosa a otro impute a una persona o colectiva un hecho que cause a esta descrédito, deshonra o afecte su reputación se le impondrá prisión de 3 meses a dos años o multa de 15 a 150 días”.

Tras escuchar las posturas de ambas partes, la Jueza dio los siguientes argumentos antes de vincular a proceso a Leonardo:

“Nos encontramos ante un delito que se consumó de manera instantánea desde el momento en que se trasmitió la información al reportero del diario El Independiente […] Si condieraba que se había cometido un fraude, en la forma en la que fueron construidas las casas, para esto esta precisamente el fraude especifico, que se preveé en el capitulo de los delitos patrimoniales del delito penal, esto es, tendría que haber iniciado la acción correspondiente y presentar la querella […] Esto significa que no pueden las personas pretender hacerse justicia por propia mano utilizando de manera indebida a los medios de comunicación”.

Con base en ello, la Jueza  explicó a Leonardo cómo debió haber canalizado su inconformidad:

“El sujeto activo tendría que haber iniciado las acciones legales correspondientes con una resolución que hubiera pronunciado una autoridad jurisdiccional donde se reconociera esas deficiencias de la constructora Sylma S.A de C.V, entonces sí podría haber comunicado esa información a un medio de comunicación”.