Reza la conseja de los lugareños entrados ya en años, que Rafael Ayala, a la sazón obispo de la diócesis de Tehuacán y tesorero de la conferencia episcopal de América latina, habría jugado un papel clave para que los haberes de la Iglesia de Roma en las américas ligaran su suerte al imponente conglomerado de negocios sito en la localidad de la que hablamos.

Administración de los haberes que corresponde a responsabilidad del “ ecónomo” , según lo dispuesto al efecto, lo mismo en las antiguas decretales de los papas, que en las disposiciones del Código de Pío X de 1917 bajo cuyos preceptos el obispo Ayala desempeñaría el gobierno diocesano que por Roma le fuera encomendado, que , incluso . en lo que en la materia dispone la novel legislación puesta en vigencia durante el pontificado del Papa Wojtyla.

Norberto como nuevo pastor de almas en sustitución de Rafael Ayala, fue testigo de la expulsión del país del sacerdote de origen ecuatoriano Gonzalo Hallo del Santo, quien oficiaba su ministerio en la diócesis a su cargo, las autoridad federal lo señalaba como cabeza de un levantamiento guerrillero en el poblado de Azumbilla ; guerrilla que a treinta años de su supuesta irrupción encierra una incógnita mayúscula sobre los derroteros de su acontecer en el tiempo, al menos, claro está, de que en realidad jamás hubiese existido; en contrapartida, información reciente, permite tender puentes entre esta y la abrupta expulsión del “ecónomo” de la diócesis de Tehuacán acaecida hace cerca de treinta años. 

La validez del testamento público abierto tirado a voluntad expresa de la “de cuyus” Socorro Romero como declarante ante la fe del notario público número dos de la localidad, fue impugnado ante el juez competente en materia familiar por parte legítimamente interesada mediante la consabida “querella inificiossi testamenti”, habiéndose decretado las “ medidas cautelares” concernientes que incautan por mandato judicial un patrimonio estimado en 600 millones de dólares. 

La autora de la herencia entró a un estado de inconsciencia diez antes de su deceso acaecido el 5 de diciembre del 2009, resultado digno de destacarse que el instrumento en cuestión conteniendo el testamento público abierto materia de la impugnación judicial aludida, se habría tirado tres antes del deceso.

Al efectuarse en 1985 la renuncia de Rafel Ayala al gobierno diocesano en claro acatamiento a las disposiciones canónicas, Norberto Rivera asumiría tan delicada encomienda, tocándole en suerte estrechar lazos tanto con la “ de cuyus”, como con los herederos de la misma y con los escribanos responsables de la redacción del instrumento que hoy está siendo impugnado.

 

Le tocaría asimismo en suerte, lo mismo atestiguar la expulsión de Hallo del Salto que enviar al padre Nicolás Aguilar a Los Ángeles, California bajo la protección del cardenal Roger Micael Mahoney tras las acusaciones de pederasta que pesaban sobre dicho prelado.

El arribo a la diócesis de Tehuacán significó para Norberto Rivera en inicio una descollante y ascendente carrera eclesiástica que lo llevaría al cardenalato y a estar al frente de la diócesis metropolitana de la Ciudad de México, llegándose incluso a suponérsele por parte de los círculos más informados, la posibilidad de ascender a la silla de San Pedro.

La información recientemente difundida incita a la curiosidad, a once años del deceso de la “de cuyus”, no se ha llevado a cabo la correspondiente partición y asignación de bienes, una posible explicación del hecho podría conllevarnos a pensar en una eventual relación ríspida entre los integrantes de la asamblea de herederos , o bien por , tal situación podría obedecer al deliberado propósito de eludir las cuotas correspondientes a los impuestos sobre herencias y legados: pero acaso ¿podría haber alguna otra consideración en juego, eventualmente relacionada con la tesorería de la Iglesia de Roma en América latina?