El 12 de diciembre de 2018, Andrés Manuel López Obrador como presidente de la República, anunció la iniciativa de reforma a la Constitución Política, que envió ese mismo día a la Cámara de Diputados, para modificar el texto del Artículo 3, donde se establecen los principios generales del derecho a la Educación para todos los mexicanos. Pero ¿por qué modificar, primero, el texto Constitucional, sin tocar la estructura ni la organización interna (disfuncional) del sistema educativo mexicano? ¿En qué estriba la diferencia entre este procedimiento (de cambiar obsesivamente las leyes) por parte del actual gobierno y el camino seguido por el gobierno anterior? ¿El cambio del texto Constitucional asegura una transformación sustantiva, de raíz, de la educación pública en México?

Parto de una evidencia: el procedimiento ha sido el mismo, aunque los contenidos podrían ser distintos. El actual gobierno actúa de esta manera como consecuencia de ciertos acuerdos políticos-sindicales. En 2012, la iniciativa presentada por el gobierno federal de Enrique Peña Nieto, para modificar el texto Constitucional fue enviado a la Cámara de Diputados, fue similar, en términos de reivindicar un acuerdo político (el “Pacto por México”, cuyos protagonistas fueron los dirigentes de los partidos PRI, PAN y PRD), que fue procesado y proyectado desde la toma de posesión. Recordemos que la primera medida en el ejercicio del poder de Enrique Peña Nieto, en el ámbito educativo (aparte de llevar a la cárcel a la líder del magisterio nacional), fue anunciar, el 1 de diciembre de 2012, una iniciativa legal o jurídica para modificar el texto Constitucional (Artículos 3 y 73), así como modificar o crear leyes secundarias en la materia. Evidentemente, la realidad política ha cambiado radicalmente en México, desde el 1 de julio de 2018, debido a que una coalición de fuerzas democráticas de centro-izquierda, encabezada por AMLO, obtuvo un rotundo triunfo en las urnas. Pero, si bien es cierto que el procedimiento es semejante al experimentado en el pasado ¿Cuál es el significado distintivo de esta iniciativa de reforma?

Primero “lo político” y luego “lo educativo”

Es difícil de entender por qué repetir el método. Si ya se sabía que una de las razones del fracaso de la Reforma Educativa del periodo 2012-2018, consistió en hacer que los impulsos del “cambio” se procesaran a través de motivaciones políticas y reglamentarias, como si los cambios en las leyes fueran la garantía de la transformación social y educativa; no entiendo por qué ahora repetir las mismas acciones. Aunque algunos críticos han considerado que la (“mal llamada”) Reforma Educativa de EPN era una Reforma limitada sólo al ámbito de “lo laboral”, se trató en realidad de una Reforma con claras intenciones políticas y con fuertes contenidos administrativos-gerencialistas (ambos orientados hacia el control y el sometimiento del gremio de maestros), puesto que, para imponerse, la estrategia del gobierno de EPN no fue otra más que la de establecer un sistema excluyente de evaluación educativa. Como sabemos, fue hasta el final del sexenio, entre 2016 y 2017, que la SEP de Nuño y luego de Granados, se enfocó a operar el trabajo de planificación educativo y pedagógico “de la continuidad” (no de “la ruptura”) sobre la base del paradigma dominante (me refiero al “Nuevo Modelo” que contaba con un ADN “Competencial”).

Sin embargo, esa fue también la decisión que tomó el movimiento, hoy gobierno, de la Regeneración Nacional (el anuncio del 12 de diciembre de 2018, va en el mismo sentido de modificar el texto Constitucional, aunque aparentemente con otros contenidos). Por ello insisto en la pregunta: ¿Cuáles son dichos contenidos diferenciadores? Observo que la iniciativa de la 4T en materia educativa consta de una serie de cambios que permitirán modificar los principios rectores de la educación pública, mismos que fueron replanteados apenas hace 6 años, en la reforma del 2012-2013.  Entre los aspectos principales que incluye la iniciativa actual, se encuentra la revaloración del magisterio: “Se reconoce por primera vez al docente como agente de cambio y se garantiza su desempeño a través de un nuevo Servicio de Carrera Profesional del magisterio.” (según la versión ejecutiva que aparece en la página oficial, en internet, del gobierno de la 4T)

Por otra parte, de acuerdo con el texto de la iniciativa: “... por primera vez aparece el concepto de las niñas, niños y jóvenes, a quienes se les confiere el interés supremo de la educación que imparte el Estado. Ellas y ellos son ahora el punto focal de la educación.” Así mismo, se anuncian las siguientes intenciones valorativas y ejes principales de políticas educativas: 1) A los principios tradicionales de la educación se agrega: integralidad, equidad y excelencia como principios básicos de la educación pública que imparte el Estado. 2) Se consagra el principio de la obligatoriedad de la educación superior. 3) Se establece que los docentes tienen el derecho de acceder a un sistema permanente de actualización y formación continua. 4) Se dará atención prioritaria a las escuelas normales e instituciones de educación superior que brindan formación docente (como la UPN). 5) Se establece también la obligatoriedad de incluir en los planes de estudio la promoción de valores, el civismo, la historia, la cultura, el arte, en especial la música, el deporte escolar, el respeto al medio ambiente, entre otros. 6) Se introduce la visión regional que promoverá la formulación de contenidos y políticas diferenciadas. 7) El principio de equidad permitirá una política incluyente, cultural y étnica que incorpora énfasis en educación indígena, bilingüe y cultural, a fin de combatir las desigualdades sociales, de género y regionales. 8) El Estado asume la responsabilidad de implementar políticas como el Sistema de Becas “Benito Juárez” para evitar la deserción y fomentar la permanencia. 9) Se crea el Instituto o Centro Nacional para la Revalorización del Magisterio y Mejora Continua de la Educación, al que se le dota de las más altas competencias entre las que se incluye la determinación de estándares e indicadores de resultados; certificación de desempeño de instituciones, autoridades y actores de la educación; formación escolar para directores y supervisores, realización de estudios y análisis, entre otros. (Lo anterior conlleva la cancelación del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación, INEE).

En otra parte, la iniciativa de reforma al texto Constitucional, indica lo siguiente: “Los sindicatos no renuncian a defender los derechos laborales de sus agremiados. La autoridad educativa tampoco renuncia a ser el rector de la educación pública. No obstante, todo el trabajo se hará siempre considerando la opinión de las maestras, los maestros, padres de familia, alumnos y sociedad.”

¿Qué hacer entonces?

A reserva de tratar, con más detenimiento, algunos de los puntos específicos anunciados por las autoridades como parte de los contenidos de la iniciativa de referencia, (que por cierto en breve se discutirá en comisiones legislativas), conviene reflexionar sobre algunos aspectos generales del método seguido. Diversos estudios y rigurosos análisis académicos sobre experiencias reformistas en otras naciones, indican que la obsesión de los dirigentes de los partidos políticos y de los líderes legislativos por cambiar las leyes, ha conducido a fracasos escandalosos de tales iniciativas, debido a la dinámica “resistente al cambio” de la educación pública. Y se ha llegado a la conclusión de que la transformación de los sistemas educativos es mucho más complejo y difícil que lo que pueden lograr los cambios legislativos (hay que leer la obra de M. Fullan y colaboradores, por ejemplo). ¿Qué hacer entonces? Será conveniente trabajar fuertemente en la base del sistema. En la profesionalización, por ejemplo, de las figuras educativas, especialmente de los docentes; apostar a la profesionalización y actualización permanente de las figuras directivas; desregular el excesivo proceso administrativo (la burocracia educativa que no cambia y que privilegia el régimen “del trámite”, en lugar de las actividades de aprendizaje), para que dichas figuras dediquen la mayor parte del tiempo laboral a realizar actividades educativas y pedagógicas, entre otros aspectos.

Los contenidos del cambio en el texto Constitucional serán insuficientes si los programas de operación de la “nueva” Reforma Educativa de la 4T, no se ven acompañados de verdaderos impulsos “rupturistas”; además, si estas políticas no se acompañan de recursos financieros, materiales y humanos suficientes para emprender la transformación, el horizonte no se verá muy optimista que digamos. Las limitaciones que impone la realidad educativa, (es decir, el sistema, que se compone de instituciones nacionales, de entidades estatales, de aparatos burocráticos intermedios o locales y de escuelas), son demasiado pesadas como para pensar que el cambio llegará con la modificación de las leyes.

La experiencia internacional muestra que los cambios “desde arriba” o desde el marco jurídico y en forma “vertical”, no son la garantía de la transformación de la realidad educativa. Debemos aprender que los cambios completos y duraderos, a nivel de macro sistemas, son aquellos que tienen lugar “desde abajo” y en forma “horizontal”.

jcmqro3@yahoo.com