Tal como por el presumible efecto de las malas actuaciones del personal de la fiscalía, donde se pudo configurar el delito de corrupción, está a punto de ocurrir lo que tanto han temido los tapatíos; que el futbolista del Sevilla de la segunda división española, Joao Maleck, libre la prisión y con una suma económica obtenga su libertad definitiva.

Mientras los usuarios de las redes sociales  continúan consternados y molestos por la trágica muerte que encontraron un par de recién casados que el pasado domingo tuvieron la mala fortuna de interponerse en el camino de Maleck, quien presumiblemente conducía su automóvil deportivo bajo los influjos del alcohol y a exceso de velocidad al momento de llevarse por delante el compacto en que viajaba la pareja, el Nuevo Sistema de Justicia Penal y la determinante negligente actuación de la fiscalía, podría dejar en libertad al enfiestado futbolista, y resolver con su chequera su imprudencia e irresponsabilidad que cambió la vida de dos familias. 

Esta tarde trascendió que sus abogados lograron desacreditar 2 agravantes que pesaban en su contra, exceso de velocidad y alcohol en orina, aún cuando en un video del accidente se puede ver el violento impacto del vehículo de la pareja que fue arrastrado 61,90 metros tras el impacto, según la Fiscalía. Se calcula que el futbolista conducía a 160 km/h.

Es evidente que hubo alguien “arriba” que permitió o propició las fallas, o mejor dicho, la corrupta actuación de los elementos a cargo, quienes como en su momento se consignó, solo imputaron el primer agravante en la audiencia inicial: conducir a más de 30 km/h. Entre las irregularidades, destaca que no se practicó la prueba de sangre y la de alcoholemia se le habría practicado al menos cinco horas después de ocurrido el incidente. 

De acuerdo a medios de comunicación, “la imputación formulada por el Ministerio Público en la carpeta de investigación 64766/2019 soslaya otro agravante que estipula el Código Penal del Estado de Jalisco: cuando el accidente de tránsito se registra cerca de “lugares de culto público”. El choque ocurrió el domingo cerca de cinco iglesias, todas a una distancia de entre 300 y 500 metros, en horario de culto. Cinco minutos antes de las nueve de la mañana, momento del siniestro, al menos 500 devotos salían o llegaban a misa, según estimaciones de los encargados de cada uno de los templos.

El artículo 63 del Código Penal del Estado estipula una pena de cuatro a diez años de prisión si se comete un homicidio culposo (imprudencial) en un hecho vial y se cumplen dos o más de las siguientes circunstancias:

I. Conducir a más de 30 km/h 

II. Cuando se comete cerca de hospitales, escuelas en hora de entrada o salida, o lugares de culto público (iglesias o templos)

III. Se conduzca en sentido contrario o se invadan zonas peatonales 

IV. El inculpado haya cometido antes otros delitos culposos en hechos de tránsito 

Marta Cristina Álvarez, madre de Fernanda Peña, joven de 26 años que murió junto a su esposo en el choque provocado, denunció una serie de anomalías en torno al caso, una de ellas que al jugador le fue dada una sustancia para borrar la presencia de alcohol y drogas en la sangre.

En medio de tanto cochinero por parte de las instituciones en este tema, que hiede a corrupción, será interesante conocer la posición que asuma el gobernador Enrique Alfaro Ramìrez, quien antes pidió que se aplicara justicia en este caso y que parece no va a llegar aún cuando la Fiscalía Anticorrupción podría comenzar una investigación si al futbolista no se le vincula a proceso o si evade la pena derivado de las actuaciones de las autoridades, según anticipó Gerardo de la Cruz, titular de la dependencia.

Corresponderá al gobernador revisar con lupa la actuación de la Fiscalía y no le debe temblar la mano si tienen que rodar cabezas.