Entendámonos. El presidente de México solo puede hacer lo que le autoriza el artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. En el caso de las relaciones con otros países, Andrés Manuel López Obrador:

√ “observará los siguientes principios normativos: la autodeterminación de los pueblos; la no intervención…”

Aquellas personas que de buena o mala fe le exigen al presidente López Obrador tomar partido en la crisis de Venezuela, no conocen el fracción X de la Constitución mexicana.

Independientemente de lo que piense acerca de lo que pasa en Venezuela, Andrés Manuel tiene que respetar dos principios normativos: la autodeterminación de los pueblos y la no intervención. Cualquier otra cosa es contraria a la Constitución. Punto.