Ciudad de México.-  La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió tres recomendaciones al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) por casos de violencia obstétrica, que derivaron en la muerte de tres recién nacidos en Durango y el Estado de México. 

De acuerdo con el oficio dirigido al director general del IMSS, Mikel Arriola en todos los casos existió una indebida integración de los expedientes clínicos, atribuibles a los médico de los hospitales ubicados en Gómez Palacio, Durango, en Metepec y Texcoco en el Estado de México.

Los expedientes señalan que tanto en el Hospital General Regional 251 en Metepec, Estado de México; Hospital General de Zona 46 en Gómez Palacio, Durango, y Hospital General de Zona 197 en Texcoco, Estado de México, los doctores realizaron omisiones que configuraron violaciones a los derechos humanos de las agraviadas y sus hijos.

De acuerdo con la recomendación 6 /2017 médicos del Hospital General de Zona 46 en Gómez Palacio, Durango internistas, evitaron las maniobras de expulsión atribuibles a la madre, pues le recomendaron  “no pujar” pues el producto podría presenta “un chipote”, la atención inadecuada provocó el deceso del recién nacido.

En otro de los casos, una víctima más informó a los médicos sobre la perdida importante del líquido amniótico y malestares propios del parto, sin embargo se limitaron a recetar medicamento y pidieron a la mujer regresar a su domicilio, esta acción derivo en la muerte del producto.

Ante tal escenario, la CNDH pidió al IMSS, colaborar con la Procuraduría General de la República en la investigación de los casos, así como sanciones disciplinarias a los galenos involucrados en los casos.

Además pidió la documentación del personal médico involucrado en las fallas que permita comprobar la certificación y recertificación que tramite ante los Consejos de Especialidades Médicas sobre la actualización, experiencia y conocimientos suficientes para atender a los pacientes.

Por ultimo pidió inscribir a las madres en el Registro Nacional de Víctimas para garantizar una indemnización o compensación, atención médica y psicológica con oportunidad, calidad y calidez, en algún centro de atención médica perteneciente a ese Instituto.