México.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) rechazó 3 de 26 amparos presentados por maestros contra la evaluación magisterial de la reforma educativa.

El Pleno de la Corte interpretó que los artículos 8 y 9 transitorios de la Ley General del Servicio Profesional Docente no viola el derecho a la libertad de trabajo, como sostiene el argumento central de los maestros.

Para los ministros, la evaluación ?no transgrede la garantía de libertad de trabajo porque no se advierte que impida a los docentes dedicarse al trabajo que decidan, sino que únicamente se establece como condición de permanencia la obtención de resultados favorables en las evaluaciones que practique el Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación?.

Los argumentos contra los artículos 52 y 53 de la misma ley ?que no permite la participación del sindicato en defensa de sus derechos al separados por no acreditar la evaluación de permanencia- también fueron rechazados pues los ministros resolvieron que los derechos a los que aluden los maestros ?no se encuentran previstos en ninguna disposición constitucional?.

Se prevé que la discusión de los 23 amparos restantes se resuelvan de la misma forma.

Cabe destacar que pese a los matices de interpretación entre los ministros no hubo un solo voto a favor de conceder el amparo por al menos uno de los seis conceptos de inconstitucionalidad.

Con información de Reforma y El Universal