México, 22 Sep. (SDPnoticias.com).- El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió invalidar el artículo 144 del Código Electoral de Colima, por lo que de ahora en adelante será considerado como proselitismo o acto de precampaña, el ?destape? en medios de comunicación de candidatos a puestos de elección popular en la antesala de una aspiración a otro cargo.

Con base dicha modificación, la SCJN determinó que también será considerado como un acto de precampaña la realización de informes inherentes a un puesto de elección popular durante tiempos electorales.

Ambas resoluciones surgen después de que la Suprema Corte retomó  el análisis de la reforma político-electoral en el ámbito local para establecer candados a los ordenamientos estatales que permitan proselitismo de precandidatos o candidatos en medios de comunicación electrónicos.

La invalidación del artículo 144 se decidió al estimarse que se había invadido la competencia de la federación para legislar en la materia.

Con base en ello, los ministros determinaron que debe respetarse el espíritu del artículo 134 de la Constitución federal que establece:

"La propaganda, bajo cualquier modalidad de comunicación social, que difundan como tales, los poderes públicos, los órganos autónomos, las dependencias y entidades de la administración pública y cualquier otro ente de los tres órdenes de gobierno, deberá tener carácter institucional y fines informativos, educativos o de orientación social. En ningún caso esta propaganda incluirá nombres, imágenes, voces o símbolos que impliquen promoción personalizada de cualquier servidor público?.

La discusión de la reforma electoral en el ámbito local continuará esta semana con el fin de aprobar criterios generales que obliguen a los Congresos estatales a respetar la génesis de la transformación constitucional en la materia.

En ese sentido, el Pleno de la SCJN validó que los Congresos estatales pueden determinar a cuántas reelecciones consecutivas puede inscribirse un candidato. De esta forma, en Colima se mantendrá la disposición de que sólo haya un proceso consecutivo.

Con información de El Universal.