México.- Quién sabe si por la mente del diputado David Pérez Tejada pasaría el que saldría a la luz pública que la iniciativa de ley que presentó ante el pleno es un “reciclaje” de una ¡legislación hondureña! 

Al iniciar formalmente la 62 Legislatura, el legislador por Baja California del Partido Verde Ecologista de México (PVEM) hizo uso de la tribuna para presentar su iniciativa. 

De acuerdo con el diario Reforma, a la normatividad original, cuya finalidad es regular casas de cambio, Pérez Tejeda sólo le hizo pequeños cambios a la redacción y sustituyó el nombre de instituciones hondureñas por el de las mexicanas. 

Aquí parte del texto de la ley Hondureña: "Las operaciones de compra y venta de divisas realizadas al amparo de esta Ley se efectuarán a los precios que determine la oferta y demanda, teniendo el Banco Central de Honduras la facultad de supervisar el funcionamiento de las Casas de Cambio e intervenir en sus operaciones, para fomentar condiciones de estabilización cambiaria y competencia". 

Y la propuesta por Pérez Tejada, dice en su artículo 2: "Las operaciones de compra y venta de divisas realizadas al amparo de esta Ley se efectuarán a los precios que determine la oferta y demanda, teniendo el Banco de México la facultad de supervisar el funcionamiento de las casas de cambio e intervenir en sus operaciones para fomentar condiciones de estabilización cambiaria y competencia". 

Por un espacio de cinco minutos, el legislador leyó parte de la presentación de motivos de la llamada Ley de Casas de Cambio, la cual tiene una redacción casi idéntica al Decreto No. 16-1992 de Honduras. 

Reforma continúa con las comparaciones: "Artículo 1. La presente ley tiene por objeto establecer las normas y procedimientos relacionados con la autorización, funcionamiento y supervisión de las casas de cambio, las que tendrán como finalidad única la compra y venta de divisas extranjeras en el mercado extrabancario, en billetes, cheques de viajero, giros bancarios y otros instrumentos de pago denominados en divisas, al precio que el mercado determine", indica la redacción propuesta por el legislador del PVEM. 

"Artículo 1.- La presente Ley tiene por objeto regular la autorización de entidades dedicadas a las operaciones de compra y venta de divisas extranjeras en el mercado extrabancario que, para los efectos de esta Ley, se denominación Casas de Cambio", se lee en su redacción la ley hondureña vigente. 

El 4 de septiembre se presentó la iniciativa que tiene 26 artículos y 2 transitorios. En tanto, el decreto de Honduras tiene 18 artículos, todos los cuales son retomados, total o parcialmente, por el diputado del PVEM.