México, 8 Feb. (Notimex).- El Consejo General del IFE resolvió no aplicar una amonestación pública a Josefina Vázquez Mota por dos de sus spots de precampaña en televisión y uno en radio en los que apareció la leyenda: "candidata del PAN, Presidencia de la República".

 

Sin embargo, en la sesión extraordinaria el colegiado votó a favor de imponer una sanción por 436 mil 310 pesos al PAN por violentar los principios de legalidad y equidad en la contienda, toda vez que en los spots pautados por el instituto político apareció la citada leyenda.

 

La representación del PRI ante el Instituto Federal Electoral (IFE) presentó una denuncia contra Vázquez Mota y el blanquiazul por la leyenda que aparece en los más de ocho mil promocionales que fueron transmitidos en los medios electrónicos de comunicación.

 

El proyecto de resolución elaborado por la Secretaría Ejecutiva del IFE establecía que la virtual candidata del Partido Acción Nacional (PAN) debía de ser amonestada de manera pública porque violó disposiciones electorales con sus spots.

 

Sin embargo, la propuesta no prosperó por seis votos en contra y tres a favor.

 

Empero, en lo que respecta a la sanción al PAN, el colegiado resolvió declarar fundado el procedimiento especial sancionador en su contra, por lo que aprobó por seis votos a favor y tres en contra aplicarle una sanción que se elevó casi 10 veces a lo establecido el proyecto original de resolución.

 

El Consejo General también aprobó que se diera vista a este asunto a la Unidad de Fiscalización del órgano electoral, a propuesta del representante del Partido Revolucionario Institucional (PRI) ante el IFE, Sebastián Lerdo de Tejada, y del consejero Alfredo Figueroa.

 

Durante una sesión que se extendió por cerca de 11 horas y en la que se abordaron 16 temas, de los cuales seis fueron referentes a procedimientos especiales sancionadores, los representantes panistas defendieron a su partido a la virtual candidata presidencial.

 

En diversas ocasiones tanto Agustín Castilla como Guillermo Bustamante argumentaron que la aparición de la citada leyenda se debió a un error que de ninguna manera puede ser imputable a Vázquez Mota ni al PAN, partido que incluso solicitó medidas cautelares para el retiro de los spots.

 

Sin embargo, el representante priista dijo que es evidente que se trata de un caso de simulación del partido blanquiazul, ya que no fueron spots hechos por generación espontánea sino de un claro diseño de ese instituto político, el cual solicitó medidas cautelares contra sí mismo.

 

Lerdo de Tejada expuso que fueron transmitidos cuatro mil 976 spots en radio y cuatro mil 73 en televisión, en los que Josefina Vázquez Mota se ostentó como candidata presidencial del PAN, lo que incluso provocó la inconformidad de los otros dos precandidatos.

 

De ahí que luego de una discusión que se extendió por más de dos horas el Consejo General del IFE resolvió eximir a Vázquez Mota pero impuso una multa por más de 436 mil pesos al PAN.

 

Por otra parte, el Consejo General declaró infundado el proyecto de resolución contra la ex candidata panista a la gubernatura de Michoacán, Luisa María Calderón, al igual que de su partido.

 

Empero resolvió imponer una amonestación pública a Nueva Alianza y a la empresa Medio Entertaiment, SA de CV, "CB Televisión", ya que si bien la transmisión del cierre de campaña de "Cocoa" no implicó una falta electoral si la aparición del emblema de Nueva Alianza.

 

En el proyecto de resolución se consideraba fundado, por lo que proponía que se les aplicara diversas sanciones económicas, la más alta para la televisora.