Argentina.- En un fallo a favor del caso de un hombre que lleva más de 20 años en estado vegetativo, la Suprema Corte de Argentina, reconoció el derechos a recibir una muerte digna, sin embrago, aclaró que no se trata de eutanasia.

El fallo pide que se suspendan las medidas que prolongan artificialmente la vida del hombre, así, los familiares pueden ?dar testimonio de la voluntad del paciente respecto de los tratamientos médicos que éste quiere o no recibir?.

En la decisión se contempla que una persona, en determinadas circunstancias, ?adoptar decisiones que tengan como fin previsible la culminación de su vida? en tanto se asegure el derecho de la autonomía personal.

El fallo se basa en una ley aprobada en Argentina en 2012, que autoriza a las personas  a disponer mediante poderes legales órdenes anticipadas sobre su salud en casos irreversibles.

El caso que se aprobó fue el de  Marcelo Diez, que sufrió un accidente en 1994, lleva postrado en un hospital de la provincia de Neuquén, sin poder comunicarse o responder a estímulo alguno, de acuerdo con los familiares, él había manifestado su voluntad, por lo que el fallo fue bien recibido.

Con información de La Jornada